Delitos informáticos: ¿hasta cuándo las bajas penas?

Hoy nuestro Gerente Legal, Matías Moya, publicó en Diario Financiero una carta de opinión en la que aborda los delitos informáticos a los que se han visto expuestas algunas entidades bancarias y cómo la ley Nº 19.223 que tipifica los delitos informáticos, deja impune la mayoría de estas conductas, e impone penas bajísimas a sus autores.

Señora Directora: A principios de septiembre, el BancoEstado tuvo que cerrar sus sucursales por un ataque informático. Lamentablemente, es posible prever que estas situaciones seguirán repitiéndose en el futuro debido a que nuestra legislación sobre la materia está obsoleta y por ello favorece la perpetración de estas conductas. La Ley Nº 19.223, que tipifica los delitos informáticos, deja impune la mayoría de estas conductas, e impone penas bajísimas a sus autores. Un ejemplo de lo anterior es que el hacker responsable de difundir la base de datos de Carabineros acaba de ser condenado solo a la pena 61 días en libertad.

En 2016 el Congreso aprobó el Convenio de Budapest sobre ciberdelincuencia, y en 2018 el Gobierno presentó un proyecto de ley que actualiza esta materia, el cual, presenta mejoras destacables en la tipificación de la ciberdelincuencia y en la investigación, Sin embargo, mantiene las bajas penalidades actuales.

Esto último es un grave error, ya que el progresivo avance de la tecnología genera que estas conductas sean cada día más peligrosas, y evidentemente los casos graves donde se vean afectadas muchas personas, o incluso la sociedad completa, deberían poder ser sancionados con penas de crimen que no den derecho a cumplimiento en libertad.

MATÍAS MOYA LEHUEDÉ GERENTE LEGAL FISCALÍA PRIVADA-

Revisa la nota de Diario Financiero Aquí. 

Share on facebook
Facebook
Share on google
Google+
Share on twitter
Twitter
Share on linkedin
LinkedIn
Share on email
Email
Share on whatsapp
WhatsApp