Corte de Apelaciones impone apagón tecnológico a notarías de Santiago

La Corte de Apelaciones de Santiago decidió imponer un “apagón tecnológico” a todas las notarías de la capital a abstenerse de usar cualquier tipo de sistema computacional implementado para autorizar instrumentos privados de cualquier naturaleza, esperando que se estudien las leyes y normas complementarias y revise “uno por uno” las plataformas informáticas de estas oficinas.

Así se establece en una resolución de una causa ante la denuncia hecha por la Asociación de Notarios sobre el tema, cuyo objetivo era el de evitar el desplazamiento de personas hasta los locales en medio de la crisis provocada por la pandemia del COVID-19.

El fallo ordena a “todos los notarios de la jurisdicción a que se abstengan de utilizar cualquier sistema computacional implementado en sus oficios para autorizar instrumentos privados de cualquier naturaleza”.

La organización que agrupa a los notarios explica que el problema de fondo que condujo a decidir el cierre tecnológico de las notarías se debe a que “enfrentada a una controversia sobre las tecnologías existentes para acreditar la identidad de una persona en forma fiable, y no pudiendo determinar por si misma cuál era la legislación aplicable”.

Por tanto, el tribunal de alzada capitalino optó por paralizar todos los trámites que se hacen en las notarías con el apoyo de herramientas tecnológicas, “de manera indefinida, a la espera de que una comisión de la propia Corte estudie las leyes y normas complementarias aplicables al caso y revise uno por uno, las plataformas informáticas de las notarías de la ciudad”.

La insólita resolución ordena también a los notarios públicos sujetarse en el cumplimiento de su labor únicamente al Código Orgánico de Tribunales del año 1943, soslayando la aplicación de toda la nueva legislación dictada en materia de documentos y firma electrónica (Ley N°19.799), tramitación electrónica (Ley N°20.886) así como la Ley dictada recientemente para enfrentar la pandemia provocada por el virus SARS-CoV-2 (Ley N°21.226), así como los Auto Acordados de la Corte Suprema de Justicia, contenidos en las actas N°41-2020 y N°53-2020, sobre el funcionamiento del Poder Judicial durante la emergencia sanitaria nacional”, explican los notarios del país.

En ese sentido, explican que este inédito apagón tecnológico notarial dispuesto por la Corte respecto de toda autorización de instrumentos privados, plantea un escenario extremadamente complejo ya que, vulnerando todos los principios y normativas de excepción vigente en período de pandemia sanitaría, obligará, mientras se encuentre vigente, a que miles de personas, en plena pandemia, tengan que salir de sus casas a realizar estos trámites, esenciales para muchos ellos, como finiquitos, mandatos para cobro de pensiones, contratos de promesa de compraventa de inmuebles y contratos de arriendo, entre otros, en forma presencial, convirtiéndose en focos de contagio y, por lo tanto, de enorme peligro y riesgo para la salud pública”.

Agregan que también se transformará en una “grave cortapisa al proceso de reactivación económica que han comenzado a transitar distintos sectores y actividades en el país, gracias a las posibilidades que les han entregado las tecnologías digitales para poder dar continuidad a sus operaciones”.

Fuente: Infogate

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